En bocas palabras Por Justo May Correa Muchas dudas A la Procuraduría de justicia de Quintana Roo se le cayeron ayer diez de los once delitos que buscaba fincarle a Leydi Yolanda Campos Vera, a quien se le dictó auto de formal prisión por una denuncia por sustracción de menores presentada por la señora María Luisa Pacheco, quien aparentemente sometía a malos tratos a sus cinco hijos, Bonito, Clarita, Guillermo, Genaro y Vicente, cuando le fueron "arrebatados" y protegidos por las anteriores autoridades en "La Casita". La Procuraduría de justicia de Quintana Roo no pudo aportar pruebas suficientes ante el juez segundo penal Benjamín Navarrete Silva, para encausar a Campos Vera por otros diez delitos, lo que pone en predicamento la actuación que en este caso está teniendo el procurador Bello Melchor Rodríguez y Carrillo, quien la víspera declaró: '... nunca abrió la Procuraduría de justicia en forma oficiosa ni una averiguación previa; todas están sustentadas con las denuncias correspondientes, con las pruebas que hemos presentado..- yo no tengo nada en contra de ella: la sociedad es la que sí tiene mucho en contra de ella porque ha afectado gravemente a menores y a sus familiares..." Señalando con insistencia que es un procurador ciudadano y que en este caso está atendiendo al llamado de la sociedad. Bello Melchor aludió también al hecho de que "...ella permanentemente estuvo retando a la Procuraduría para que Le metiera a la cárcel; nosotros no lo hicimos hasta que no estuvimos bien claros de que sí existían los elementos y lo mismo también consideró el juez penal", declaró el procurador Rodríguez y Carrillo. Frente a la profusa información que se ha generado en medios contra Leydi Campos Vera, sus detractores han intentado presentarla como un monstruo, y sin embargo, frente al juez casi todo eso se desvanece al caerse diez de los once delitos que se le pretendía fincar a la abogada y ante esto crece la sospecha de que se trata de una embestida con intereses más allá del mero interés del bienestar de los niños desamparados. Uno supondría que habría otras 140 denuncias de padres de familia de los otros 140 niños que presuntamente permanecen "secuestrados" en el interior de "La Casita", pero esto tampoco es así, porque todo esos voluminosos expedientes estarían ya en manos del juez de la causa. Y a propósito de expedientes, el procurador Rodríguez Carrillo acusa a Leydi Campos Vera por la aparente no consignación de 752 expedientes cuando la abogada fue subdirectora de averiguaciones previas en la subprocuraduría de la zona norte de Quintana Roo. Al respecto, y aludiendo a su propia actuación, el procurador declaró: "..no he parado ninguna orden de aprehensión; todas, absolutamente todas, de todos los delitos, contra cualquier persona, se han ejecutado... en los tres meses y medio que llevamos al frente de la Procuraduría se han ejecutado más de 500 órdenes de aprehensión, lo que ella no hizo en mucho tiempo..." Ante estas presuntas injusticias, los aliados de Leydi reaccionan para defenderla, pero el procurador, muy a la ligera, adjetiviza virtualmente de delincuentes a quienes anuncian que marcharán en su defensa. Dice de ellos: "...son personas que ella trae de fuera- ella ha estado trayendo a gente de fuera, a provocadores profesionales..." Cuando el procurador combina en sus declaraciones la acusación de que Leydi Campos obstaculizó el proceso de 752 expedientes que heredó como rezago, con el ánimo de dar "fuerza" a los delitos que se le fincan, parecer querer dejar de lado que además del procurador existe en el esquema ordenado por la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia de Quintana Roo un subprocurador general, así como subprocuradores. Y que además como lo manda el artículo 8 de la citada ley, también existe un Procurador de Asuntos Indigenas, el Ministerio Público y la Dirección General de Averiguaciones Previas, a la que se debía Leydi Campos. Y estaban y están también las direcciones generales de Consignación y Trámite y Control de Procesos. Igualmente, las direcciones generales de agentes del ministerio público auxiliares del Procurador, agentes del ininisteno público conciliadores, agentes del ministerio público comunitario: Dirección General de Asuntos jurídicos de la Policía Judicial, de Servicios Periciales, de Control de Bienes asegurados. También una Dirección General de Contraloría Interna, de Formación Profesional, de Capacitación e Investigación Jurídica; de Participación Ciudadana, de Coordinación de Administración, secretario particular, Informática y Estadísticas, y la Dirección General de Comunicación Social. El director general de Averiguaciones Previas, conforme lo establecen Las fracciones I y II del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de justicia de Quintana Roo, debía supervisar las diligencias de carácter ministerial que en la integración de cada expediente de averiguación previa realizaran los Agentes del Ministerio Público bajo su mando, así como revisar y aprobar en su caso, el trámite de las averiguaciones previas que remitieran en consulta los Agentes del Ministerio Público, cuando en ellas se propusiera la acumulación, incompetencia, suspensión o reserva, y emitir opinión en los casos en que dichos Agentes estimaran necesario conocerla. Además, en los casos en que se propusiera el no ejercicio de la acción penal o el archivo de una averiguación previa, la consulta debía hacerse directamente , al Procurador General de justicia, por conducto de la Dirección Jurídica para los efectos de la fracción XVIII del artículo once. El procurador, por su parte, y en los términos de la fracción XXIX del articulo 10 de la Ley Orgánica de la Procuraduría, debía confirmar revocar o modificar el no ejercicio de la acción penal; resolver sobre el desistimiento de la misma y ratificar en su caso, las conclusiones no acusatorias que se hayan formulado en los procesos. Asimismo, el subprocurador, y conforme lo establece la fracción IV del artículo 14 de la ley de la materia, debía supervisar las Direcciones y Subdirecciones de la Subprocuraduría a su cargo a efecto de constatar su funcionamiento y sugerir a sus titulares las medidas adecuadas conforme a las disposiciones legales o internas de la Dependencia, para el correcto desempeño de sus actividades. Qué, ¿engañó Leydi a todos? ¿Dónde estaba el director general de Consignación y Trámite? ¿Dónde el Director General de Control de Procesos? El mismo Bello Melchor asegura: "..no he parado ninguna orden de aprehensión". Entonces, ¿sí puede hacerlo un procurador? ¿Pudo hacer Leydi Campos por sí sola frenar 752 expedientes? :Esa cifra no es el rezago normal en cualquier dependencia? Además, ¿Cuánto está costando al Estado de Quintana Roo todo el aparato contra Leydi Campos Vera? ¿Qué asuntos se están dejando de atender en aras de volcar grandes esfuerzos hacia un sólo objetivo? Eduardo Espinosa, el secretario de Gobierno, informó ayer que se ha concentrado a toda la Fuerza Interinstitucional Policial para atender la anunciada marcha a la zona hotelera; que hay en el aeropuerto vigilancia especial y que se ha solicitado a la Federal de Caminos mayor vigilancia. Y es que en esto de la marcha, deberá ser permitida, siempre y cuando produzca bloqueos. Ahora bien ¿no le gustaría saber cuál es el fondo de todo este asunto? (Lea más de estos temas en www.enbocaspalabras.com.mx ). |





