Pide Corte a PGR informe de caso Cacho
La Suprema Corte necesita estos informes para determinar si acepta la solicitud del Congreso de la Unión
Por Víctor Fuentes
Cd. de México(24 marzo 2006).-La Suprema Corte de Justicia ordenó ayer a la PGR informar sobre cualquier investigación que tenga abierta en relación con el caso de la periodista Lydia Cacho y el Gobernador de Puebla, Mario Marín.
"Requiérase al Procurador General de la República para que, a la brevedad, se sirva informar a este alto tribunal si a la fecha ha iniciado alguna investigación relacionada con la ciudadana Lydia Cacho, en la que pudieran estar involucrados el Gobernador Constitucional de Puebla, la Procuradora de Justicia o la juez quinta de lo penal de esa entidad", dice el acuerdo de la Corte.
"De ser así, indique el estado que guarda la averiguación previa respectiva, y remita copia certificada de las constancias correspondientes", agrega el documento.
La Corte necesita estos informes para determinar si acepta la solicitud del Congreso de la Unión, que pidió designar una comisión de ministros o jueces para investigar posibles violaciones a las garantías de Cacho.
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Puebla ordenó a la juez quinto de lo penal de esa entidad, remitir a la Corte copia certificada de todas las constancias del proceso por difamación contra la autora del libro Los Demonios del Edén.
En tanto, el Procurador Daniel Cabeza de Vaca, aseguró que en los próximos días el Gobernador Mario Marín puede ser llamado a comparecer ante el Ministerio Público, por el caso de la periodista Lydia Cacho.
En entrevista, el Procurador comentó que existen dos averiguaciones en contra de Marín, una interpuesta ante la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra Periodistas, y la otra en la Fiscalía de Mujeres.
"Va a ser citado a comparecer por las dos (fiscalías), yo creo que va a comparecer como testigo primeramente y dependiendo de ahí, el Ministerio Público considerará", comentó en Washington, a donde asistió para participar en la reunión binacional.
Reforma
25/03/2006 |